Panamá ofrece una visa de corta estancia para extranjeros que trabajan a distancia para una empresa o clientes del exterior. Conocida comúnmente como Visa de Nómada Digital, permite permanecer en el país hasta nueve meses y solicitar una prórroga por otros nueve meses. Para calificar, el solicitante debe realizar funciones cuyos efectos se produzcan fuera de Panamá y recibir ingresos de fuente extranjera por un mínimo de B/.36,000 al año.
Esta visa puede ser una alternativa para quien quiera pasar una temporada en Panamá mientras mantiene su actividad profesional en el extranjero. Sin embargo, no es una residencia permanente ni autoriza a trabajar para empleadores, clientes o empresas panameñas. La categoría oficial es Visa de Corta Estancia como Trabajador Remoto, creada mediante el Decreto Ejecutivo N.º 198 de 7 de mayo de 2021.
¿Quién puede solicitar la Visa de Nómada Digital?
Puede solicitarla una persona extranjera que trabaje a distancia para una empresa extranjera o que trabaje por cuenta propia con clientes del exterior. La actividad debe realizarse en modalidad de teletrabajo, sus efectos deben producirse fuera de Panamá y los ingresos deben proceder de fuente extranjera.
El requisito económico mínimo es de B/.36,000 anuales, equivalentes a B/.3,000 mensuales, o su equivalente en otra moneda. No basta con demostrar que se recibe esa cantidad: la documentación debe permitir comprobar la relación laboral o comercial, la procedencia de los fondos y la periodicidad de los pagos.
La persona empleada por una empresa extranjera debe contar con una carta de esa empresa que detalle su cargo, funciones, salario, modalidad remota y frecuencia de pago. Quien trabaja por cuenta propia debe demostrar que su empresa está registrada en el extranjero y describir sus relaciones con los clientes y los servicios que presta. La actividad y los ingresos deben ajustarse a las condiciones de la visa.
¿Cuánto dura la visa?
La visa se concede por un máximo de nueve meses y puede prorrogarse una sola vez por el mismo período. La estancia máxima bajo esta categoría es, por tanto, de dieciocho meses, siempre que la prórroga sea solicitada y aprobada conforme a las reglas aplicables.
Se trata de una categoría migratoria de no residente. Obtenerla no concede automáticamente residencia permanente ni cambia por sí sola la categoría migratoria después de los dieciocho meses. Si la persona desea quedarse en Panamá después de ese período, tendrá que salir del país o evaluar si cumple los requisitos de otra categoría migratoria y presentar la solicitud correspondiente.
¿Qué actividades permite y cuáles excluye?
Una vez aprobada, la visa permite trabajar remotamente desde Panamá para una empresa extranjera o prestar servicios a clientes del exterior, siempre que se mantengan las condiciones que justificaron la solicitud. La norma contempla que el titular pueda realizar esa actividad remota sin tramitar un permiso de trabajo adicional para esa modalidad.
El permiso no autoriza a aceptar una oferta de trabajo o prestar servicios en el mercado panameño. Durante la solicitud, el interesado debe firmar una declaración jurada en la que manifiesta que no aceptará ofertas de trabajo o servicios en Panamá para realizar negocios en el territorio nacional. Por eso, no debe utilizarse esta visa para incorporarse como empleado de una empresa panameña o atender clientes locales mediante una actividad que genere ingresos de fuente panameña.
¿Qué documentos se necesitan?
La solicitud suele incluir documentos personales, migratorios, laborales y financieros. La lista exacta debe confirmarse antes de presentar el expediente, pues Migración puede actualizar sus formularios o pedir documentación adicional según cada caso.
Entre los documentos previstos se encuentran:
- Poder notariado y solicitud presentada por un apoderado legal.
- Tres fotografías tamaño carné y copia del pasaporte debidamente cotejada.
- Certificado de antecedentes penales legalizado mediante apostilla o por la vía consular correspondiente.
- Certificado de salud y formulario de declaración jurada de antecedentes personales.
- Formulario de solicitud, que incluye el compromiso de asumir los gastos de retorno o repatriación si fueran necesarios.
- Póliza de seguro médico con cobertura en Panamá durante el período de estancia.
- Comprobantes bancarios que permitan demostrar que los ingresos provienen del extranjero y están vinculados con el trabajo o la actividad declarada.
- Declaración jurada de no aceptación de ofertas de trabajo o servicios en Panamá.
Si el solicitante es empleado de una empresa extranjera, debe aportar una certificación de existencia de la empresa y una carta en papel membretado, firmada por su representante legal. La carta debe identificar al solicitante, describir su puesto y sus funciones, confirmar que trabaja de forma remota, indicar sus ingresos y la periodicidad de los pagos, y declarar que los ingresos provienen del extranjero. La empresa también debe asumir los gastos de retorno o repatriación cuando corresponda.
Si es trabajador independiente, debe presentar prueba de que su propia empresa está registrada en el extranjero. También debe aportar una declaración jurada ante notario que describa su relación comercial con los clientes, los servicios que presta, los honorarios que recibe, la procedencia de los fondos y la periodicidad de los pagos. Los documentos emitidos fuera de Panamá deben cumplir con las formalidades de autenticación aplicables y, si no están en español, deben traducirse según los requisitos vigentes.
¿Cómo se presenta la solicitud?
El solicitante debe haber ingresado a Panamá para iniciar este trámite. La solicitud se presenta ante la Ventanilla de Trámites Especiales del Servicio Nacional de Migración por medio de un apoderado legal. Si la nacionalidad del interesado requiere visa autorizada para entrar al país, deberá obtenerla antes de viajar y solicitar esta categoría.
La preparación del expediente es una parte importante del proceso. Conviene comprobar que las cartas, certificaciones y estados de cuenta coincidan en cuanto a empleador o clientes, actividad, ingresos y frecuencia de pagos. Una discrepancia entre los documentos puede provocar solicitudes de corrección o retrasos en la evaluación.
El Decreto Ejecutivo contempla un pago de B/.250 al Servicio Nacional de Migración y un costo de B/.50 por el carné correspondiente. También pueden existir honorarios legales, gastos de autenticación, traducción y obtención de documentos. Antes de iniciar, confirma con el apoderado legal los costos aplicables y la forma de pago vigente.
¿La visa significa que los ingresos extranjeros están automáticamente libres de impuestos?
No conviene presentar la visa como una exención fiscal automática. Panamá aplica reglas territoriales para determinar si un ingreso es de fuente panameña o extranjera, y la categoría migratoria no sustituye ese análisis. La visa exige que el trabajo produzca efectos fuera de Panamá y que los ingresos provengan del extranjero; la aplicación tributaria depende de la naturaleza de la actividad y de dónde se producen sus efectos.
La Dirección General de Ingresos contempla los ingresos de fuente extranjera en sus formularios y materiales tributarios. Aun así, si tienes dudas sobre tu situación fiscal, revisa los contratos, el lugar donde se utilizan los servicios y la forma en que recibes los pagos con un asesor fiscal.
¿La visa permite quedarse más tiempo que una visa de turista?
La duración permitida como turista puede depender de la nacionalidad, de la categoría de entrada y de la autorización otorgada por las autoridades migratorias. Por eso, no es preciso afirmar de forma general que todos los ciudadanos europeos pueden permanecer tres meses y todos los canadienses seis. Panamá Digital indica que las visas de turismo pueden concederse por un período de hasta noventa días, sin perjuicio de los acuerdos internacionales y las reglas de reciprocidad. Antes de viajar, confirma el período que corresponde a tu pasaporte y revisa la fecha de permanencia autorizada al ingresar.
La Visa de Nómada Digital ofrece una categoría distinta para trabajadores remotos que cumplan sus requisitos. No se debe asumir que se puede permanecer en Panamá como turista y comenzar a trabajar remotamente sin revisar las condiciones migratorias aplicables. La solicitud de esta visa se tramita después de ingresar al país, pero debe prepararse con tiempo y presentarse conforme al procedimiento establecido.
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